Guía sobre bienes gananciales en el matrimonio y en caso de divorcio

Vamos a hablar del principal régimen económico matrimonial que regula la gran mayoría de los matrimonios de nuestro país, el Régimen de gananciales.

Recordarte que si necesitas a un abogado matrimonialista para tu divorcio en Orihuela puedes encontrarlo en nuestro directorio.

Guia-sobre-bienes-gananciales

Hoy os traemos una cuestión, en teoría muy conocida por todos… porque el régimen de gananciales al que me refiero hoy es el sistema que se aplica por defecto en la mayor parte de España y por eso, es el régimen al que están sometidos la mayoría de matrimonios de nuestro país. Sin embargo, aunque, como digo, la mayoría de los matrimonios se rigen por este sistema, muchas veces no terminamos de entenderlo y de tener claro cómo funciona y qué conlleva todo esto, así que voy a intentar explicarlo de la manera más sencilla posible.

Separación de bienes o gananciales diferencias

Bueno, antes de nada, tengo que aclarar que un régimen económico matrimonial no es nada más que una serie de reglas que van a determinar cómo se da solución a los distintos problemas económicos que implica un matrimonio, es decir, quién es el propietario del dinero que se obtiene en el matrimonio, si los dos cónyuges son propietarios de todos los ingresos, si cada uno de los suyos, si de las deudas responden también los dos cónyuges o cada uno de las suyas… En definitiva, lo que se busca es resolver todas esas cuestiones que conlleva el hecho de que con el matrimonio exista una vida en común que afecta también a la esfera económica de los dos cónyuges.

Teniendo en cuenta esto, en función de los distintos regímenes que existen, la respuesta a todas esas cuestiones que pueden surgir va a ser distinta. Sin embargo, también habría que decir que en nuestro Derecho existen algunas reglas que van a ser comunes con independencia del régimen que exista, como sería respecto de lo que se llama el levantamiento de las cargas del matrimonio, la Litis expensas, la protección de la vivienda habitual… pero de momento no vamos a complicar más el asunto que os traigo hoy que, como digo, es hablaros del Régimen de gananciales.

Qué son bienes gananciales en el matrimonio, casos con cuentas separadas, como se dividen y qué incluyen

Este régimen lo que hace es crear distintos conjuntos de bienes. Tendríamos, por un lado dos grupos de bienes, que serían los bienes de cada uno de los cónyuges y, por otro, otro grupo de bienes que lo formarían los bienes que vaya adquiriendo el matrimonio. Para entenderlo de forma más gráfica, podríamos imaginarnos tres cajas o tres bolsas. Las dos primeras, una para cada cónyuge y la tercera para el matrimonio. De esta forma, en las bolsas de cada cónyuge entrarían todos los bienes que cada uno de ellos tenían cuando se casaron. Si cada uno tenía un coche, pues ese coche seguirá siendo de cada uno; el dinero que cada uno tenía al tiempo de casarse, pues seguirá siendo de cada uno de ellos. La parte determinante de este sistema es esa tercera bolsa en la que se meterían todos los bienes que vaya adquiriendo el matrimonio.

Reparto-de-bienes-gananciales

Como se dividen los bienes gananciales

Es decir, esa tercera bolsa estaría formada por las ganancias que los dos cónyuges vayan obteniendo desde que contraen matrimonio, por eso es por lo que este sistema se llama régimen de gananciales, porque desde el mismo momento en que se produce el matrimonio se crea una masa de bienes, esa tercera bolsa, en la que van a incluirse todas las ganancias que genere el matrimonio. Por eso, todos los ingresos que reciban cada uno de los cónyuges desde que se casan no van a formar parte de su patrimonio personal, no, ahora van a formar parte de ese nuevo patrimonio común. Pero incluso el dinero que se genere a partir de los bienes privativos de cada uno de ellos, también van a formar parte de esta comunidad de bienes, de este patrimonio común. ¿Qué significa esto? Pues que si por ejemplo uno de los cónyuges se casó siendo propietario de un piso, y ese piso está en alquiler, la renta que se cobre por ese piso no será del cónyuge propietario, sino de esa tercera bolsa, de la comunidad de gananciales.

Bienes gananciales y deudas

Sin embargo, a todo esto, hay que añadir que no sólo esa masa de bienes, esa bolsa sirve para meter en ella todo el dinero y los bienes que se generan por el matrimonio, sino que, aquí viene la parte más fea, con esa bolsa se va a hacer frente también a todas las deudas que se generen durante el matrimonio, porque, incluso las que genere uno sólo de los cónyuges por actuaciones, por ejemplo, las que vienen de su propio negocio o profesión, esas también van a considerarse deudas del matrimonio.

Aunque existen muchas más cuestiones sobre las que el hecho de que exista o no este régimen económico va a determinar la forma en que se va a gestionar el dinero y los bienes del matrimonio. Pero sí quiero dejaros más o menos claro unos pequeños puntos que hay que tener en cuenta respecto de este sistema llamado régimen de gananciales, para que sepáis lo que conlleva tanto a la hora de elegirlo, si os vais a casar, como para saber cómo gestionarlo durante el matrimonio, si es vuestro régimen, como para saber de qué forma habría que liquidarlo en caso de divorcio si habéis finalizado vuestro matrimonio o simplemente vais a cambiar de régimen.

Como funcionan los bienes gananciales, características importantes

De esta forma, creo que las cuestiones más importantes que habría que conocer son las siguientes:

  • Este régimen es el que funciona por defecto en la mayor parte de España, lo que significa que si al tiempo de casarse no se opta por establecer un régimen distinto, el matrimonio va a regirse por este régimen de gananciales.
  • El régimen de gananciales implica que, desde que se establece, se va a formar un nuevo patrimonio, independiente del que tenían cada uno de los cónyuges, y todas las ganancias que se generen durante el matrimonio, como son los ingresos que perciba cada uno de los cónyuges, van a formar parte de este nuevo grupo de bienes.
  • Las deudas comunes del matrimonio e incluso las que genere un solo cónyuge, siempre que no sean estrictamente personales y, como he dicho, no se consideran deudas personales las que surgen del negocio o de la profesión de uno de los cónyuges; de esas deudas responderá esa comunidad de bienes.
  • Los bienes que tenían cada cónyuge antes del matrimonio seguirán siendo de cada uno de ellos, lo que será ganancial es el dinero que se genere con esos bienes, como puede ser un alquiler.
  • A la hora de liquidar la sociedad de gananciales, los bienes que forman esa bolsa ganancial de la que os hablo, se tienen que repartir a partes iguales entre los dos cónyuges, salvo que haya deudas entre ellos, que se compensarían.
  • En cualquier momento se puede cambiar de un régimen económico a otro, aunque el nuevo régimen funcionaría desde que se produce el cambio y no afectaría a los bienes anteriores a ese cambio que se regirían por el sistema que hubiera establecido.

De esta forma, creo que puedes tener más o menos claro, a grandes rasgos, cómo puede afectarte el hecho de que vuestro matrimonio se rija por el sistema llamado régimen económico de gananciales.

Deja un comentario